Nueva denuncia en el TCE contra Granda: ahora por uso de recursos públicos en campaña
Un ciudadano denunció al prefecto por la infracción electoral más grave que contempla la ley. El Tribunal le pidió completar el escrito antes de decidir si la admite. Es la tercera denuncia electoral contra Granda desde 2024 y llega once meses después de que pagó 9.200 dólares y pidió disculpas por inducir al voto.

El 30 de octubre de 2026, a menos de tres meses de las elecciones seccionales, ingresó en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) una denuncia contra el prefecto de Pastaza y candidato a la reelección, André Mauricio Granda Garrido. La presentó el ciudadano Cristian Fernando Villavicencio Becerra, con el patrocinio del abogado Anthony Henry Aguirre Agurto: catorce fojas de escrito y veintisiete de anexos. La conducta que se le atribuye es el uso de bienes o recursos públicos con fines electorales, que el Código de la Democracia clasifica como infracción electoral «muy grave».
La causa recibió el número 476-2026-TCE y, por sorteo, quedó en manos de un juez de instancia. Su primera decisión fue de forma, no de fondo: en un auto hecho público el 31 de octubre por la abogada electoral Mónica Jaramillo, el juez dispuso que el denunciante «aclare y complete» su escrito en el plazo de dos días, conforme al artículo 7 del Reglamento de Trámites del Tribunal y a los requisitos del artículo 245.2 del Código de la Democracia. Hasta que eso ocurra, la denuncia no está admitida.
Qué castiga la ley
El artículo 279 del Código de la Democracia reúne las infracciones electorales muy graves. Entre ellas está la de «los servidores públicos que usen o autoricen el uso de bienes o recursos públicos con fines electorales». Las sanciones previstas van desde una multa de 21 a 70 salarios básicos unificados hasta la destitución o la suspensión de los derechos de participación por dos a cuatro años. La norma añade una frase que pesa: «en el juzgamiento de estas infracciones no se admitirá fuero alguno».
La denuncia cita el numeral 15 de ese artículo. En la versión consolidada del Código que publica el propio TCE, la conducta figura con otra numeración; la reforma aprobada por la Asamblea en junio de 2025 pudo cambiarla. Lo que no cambia es el tipo de infracción ni el rango de sanciones.
Lo que todavía no se sabe
El escrito de denuncia no es público. No se conoce qué bienes o recursos se habrían usado, en qué fechas ni con qué pruebas. Tampoco se sabe si el denunciante completó el escrito dentro del plazo, si la causa fue admitida ni qué juez la sustancia. Al cierre de esta nota, el prefecto no se había pronunciado públicamente. La Verdad en Pastaza pedirá la versión de la Prefectura y la publicará en cuanto llegue.
El antecedente: una sanción firme, pagada y archivada
Esta no es la primera vez que André Granda comparece ante la justicia electoral. La causa 085-2024-TCE, cuya sentencia está publicada en la web de la propia Prefectura por orden del Tribunal, documenta la anterior.
- En 2023, siendo prefecto, Granda publicó en su cuenta de Facebook mensajes a favor de Fausto Fernández, candidato a asambleísta por el movimiento Semilla: el 10 de junio resaltó sus cualidades; el 21 de julio usó la etiqueta #ConFaustinoSiMeAnimo; el 13 de agosto publicó un modelo de papeleta marcada.
- En mayo de 2024, la abogada Mónica Jaramillo, presidenta del Observatorio de Control Ciudadano, lo denunció por inducir al voto en ejercicio de sus funciones (artículo 278, numeral 3).
- El 16 de octubre de 2024, el juez de instancia Guillermo Ortega negó la denuncia.
- Jaramillo apeló. El 13 de diciembre de 2024, el Pleno del TCE, por mayoría y con votos salvados, revocó la sentencia y declaró culpable al prefecto de una infracción electoral grave.
«Interponer la sanción de multa por el valor de nueve mil doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 9.200,00), equivalente a 20 salarios básicos unificados, al señor André Mauricio Granda Garrido.» Sentencia del Pleno del TCE, causa 085-2024-TCE, 13 de diciembre de 2024.
El Tribunal ordenó además, como medida de reparación, disculpas públicas a la ciudadanía de Pastaza con un texto dictado por los jueces, que incluye esta frase:
«En adelante me comprometo a no inducir al voto a los electores mientras sea un servidor público.» Texto de las disculpas ordenado por el TCE al prefecto, causa 085-2024-TCE.
El 5 de marzo de 2025, el juez Ortega verificó el depósito de 9.200 dólares en la cuenta del Consejo Nacional Electoral en BanEcuador, declaró cumplida la sentencia y archivó la causa. En julio de 2026, en una carta de rectificación publicada por Vistazo, Granda escribió que «aunque no estuvimos de acuerdo y nunca se demostró la realización de campaña electoral, acatamos la sentencia».
Hubo una segunda denuncia en 2024, por hacer campaña a favor del Sí en la consulta popular sobre el Yasuní de 2023; según el propio prefecto, fue archivada.

Tres denuncias, tres estados
- Inducción al voto (2024): sentencia firme, multa pagada, disculpas ordenadas, causa archivada.
- Campaña por el Sí en la consulta (2024): archivada, según el prefecto.
- Uso de recursos públicos con fines electorales (2026): presentada el 30 de octubre; pendiente de que el denunciante complete el escrito y de que el juez decida si la admite.
Si la causa de 2026 se admite, el procedimiento sigue con una audiencia única de prueba, una sentencia de instancia y, si hay apelación, una decisión definitiva del Pleno. En la causa de 2024 todo eso tomó siete meses. Lo que puede ocurrir antes de las elecciones es la admisión y la audiencia; la sentencia, probablemente, no.
Quién denuncia y quién difunde
Cristian Fernando Villavicencio Becerra comparece como ciudadano; no consta que ocupe un cargo público ni una candidatura. Mónica Jaramillo, que difundió el auto, no aparece como parte en esta causa: es la denunciante que ganó la apelación en 2024 y, antes, obtuvo una sanción similar contra el alcalde de Quito, Pabel Muñoz. Desde su cuenta sigue los procesos del TCE bajo la etiqueta #OjoAlTCE.
La Verdad en Pastaza seguirá la causa 476-2026-TCE en la cartelera virtual del Tribunal y publicará cada decisión: la admisión o el archivo, la audiencia y la sentencia. Lo que aquí se afirma como hecho tiene documento; lo que es denuncia, se presenta como denuncia.
Fuentes
- Tribunal Contencioso Electoral, auto en la causa 476-2026-TCE (imagen publicada por Mónica Jaramillo, X, 31 de octubre de 2026).
- Tribunal Contencioso Electoral, sentencia de segunda instancia, causa 085-2024-TCE, 13 de diciembre de 2024 (publicada en pastaza.gob.ec/sentencias_tce).
- Tribunal Contencioso Electoral, auto de verificación de cumplimiento de sentencia, causa 085-2024-TCE, 5 de marzo de 2025 (apps.tce.gob.ec).
- Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, artículos 245.2, 278 y 279 (texto consolidado publicado por el TCE).
- Nina Radio FM, «Presuntas dos infracciones electorales persiguen a Granda», 9 de septiembre de 2024, y «TCE impone al prefecto Granda multa de 20 salarios básicos y pedir disculpas a Pastaza», 13 de diciembre de 2024.
- Vistazo, «En Pastaza todos los procesos judiciales contra alcaldes se han archivado», 21 de junio de 2026, y réplica de André Granda, 1 de julio de 2026.

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